EL PODER DEL HABLA JURÍDICA: Los juicios orales en el Derecho Penal

Por Aldo Mendoza Parra

 

“Verbo mata carita”

En algún momento de nuestra vida hemos visto en alguna película o programa televisivo un juicio. Uno de esos en los que el clímax y cada premisa expuesta por las partes que intervienen en esos actos jurídicos llegan hasta la comodidad de nuestros sillones, como si nosotros fuéramos parte del jurado de ese juicio ficticio.

Cuando estudiaba en la facultad de Derecho se oían rumores de la aplicación de los juicios orales en nuestro país. Algo de lo cual, a partir del año 2014, romperían (o moldearían) con los esquemas tradicionales de los que se aplicaba el derecho. Nuestros abogados docentes nos preparaban ante un inminente cambio con una serie de prácticas o simulaciones de juicios orales junto con la serie de reformas y creación de leyes relacionadas a este fenómeno jurídico. 

Pero ¿cuáles fueron las razones por las que en nuestro país se oficializaron dichas prácticas?, ¿hubo mejoras? Estas preguntas y más se tratará de responder en las siguientes líneas.

 

  • Nota del autor para el lector en general: cabe esclarecer que al hablar de juicios orales en México no son como en E.E.U.U. (hay diferencias en sus sistemas jurídicos) debido a que en nuestro país lo que se consiguió fue la reforma al Sistema Penal Acusatorio.

“Los juicios sobre las personas no son jamás decisivos, 

surgen de resúmenes que inmediatamente 

hacen pensar en la necesidad de una reconsideración. 

"El mar, el mar" (1978), Iris Murdoch

Sistema Inquisitivo Penal = El pasado (antes del año 2014).

El sistema inquisitivo penal se centraba en investigar, emitir una acusación y finalmente juzgar o sentenciar al presunto culpable del delito. En este proceso, la responsabilidad de llevar y sentenciar el juicio recae sobre una sola autoridad judicial.

 

Una característica muy importante del sistema inquisitivo penal es que este se manejaba mediante expedientes y todos los casos eran llevados por escrito, en papel. Es importante recalcar que, en este esquema, los jueces solían delegar sus funciones. No siempre estaban presentes en las diligencias del juicio, ya que ellos sólo se enfocan en analizar los expedientes escritos que habían sido recabados por sus auxiliares.

Lo antes mencionado significa que este sistema estaba orientado a la sanción del presunto culpable y se regía principalmente en averiguaciones previas y no en pruebas.

 

En el inquisitivo, predominaba mucho la desconfianza al acusado. Eran juicios poco prácticos que podían tomar muchos años, ya que, al llevarse mediante expedientes y averiguaciones previas, todo el proceso solía ir muy lento. A este sistema se le responsabiliza de haber sido causante de muchas encarcelaciones injustas dentro de nuestro país.

Para conocer más acerca de los sistemas penales que han surgido a lo largo de nuestra historia y su aplicación en México, les comparto el siguiente enlace:

 

Sistema Inquisitivo y su historia

https://www.youtube.com/watch?v=rrBAnLMsOHw

 

“Cubriendo de imprecaciones a hombres sin ley, que no pueden soportar ningún juicio. Porque, en efecto, no lo pueden soportar, mi muy querido amigo; 

Ahí está toda la cuestión. El que se adhiere a una ley no teme el juicio, 

que vuelve a colocarlo en un orden en el que él cree. 

Pero el mayor de los tormentos humanos consiste en que lo juzguen a uno sin ley"

La caída (1956), Albert Camus.

Sistema Acusatorio Penal = El presente (después del año 2014)

Debido a las fallas que presentaba el sistema inquisitivo, en México se planteó la opción de aplicar los juicios orales para agilizar casos que pueden tomar años en resolverse y, desde luego, para centrarse en pruebas y no tanto en investigaciones previas. Los juicios orales, presentes en México desde agosto de 2014, son un sistema penal acusatorio más moderno e inmediato que el sistema anteriormente aplicado.

 

Pero antes de avanzar, aclaremos lo siguiente:

 

  • El juicio es la etapa de decisión de las cuestiones esenciales del proceso. Se realizará sobre la base de la acusación en el que se deberá asegurar la efectiva vigencia de los principios de inmediación, publicidad, concentración, igualdad, contradicción y continuidad. (Código Nacional de Procedimientos Penales, art. 348)
  • Al juicio oral también se le conoce, de manera formal, como Sistema Acusatorio.

 

Los juicios orales, presentes en México desde agosto de 2014, son un sistema penal acusatorio más moderno e inmediato que el sistema anteriormente aplicado.

En el sistema penal actual se dividen las responsabilidades para llevar el juicio, a diferencia del inquisitivo, en el cual recaen en una sola autoridad. En este proceso intervienen 3 tipos de jueces que llevan a cabo las etapas del juicio. Además, las investigaciones y acusaciones son llevadas a cabo por el ministerio público auxiliado por la policía.

 

No uno, ni dos, sino tres.

En este sistema acusatorio penal participan elementos comunes, como lo son el denunciante, el denunciado, representantes del Ministerio Público, abogados… y también hasta tres jueces que, a continuación, te explicaré de forma general sus funciones:

  • Jueces de garantía: estas figuras se encargan de realizar las primeras diligencias de un caso en conjunto con el ministerio público.
  • Juez o tribunal de juicio oral: son las figuras que llevan a cabo las audiencias. Podríamos decir que son las “estrellas” dentro de este sistema, ya que son los que ejecutan los juicios orales.
  • Juez de ejecución: esta autoridad entra en la última etapa del juicio. Se encarga de dictar sentencia o veredicto al acusado en caso de ser culpable.

 

 

Este sistema se rige por principios que buscan la reparación del daño o dar una rápida solución al problema, lo cual da más certidumbre, transparencia y confianza. De igual manera, es más flexible al hacer uso de las tecnologías como grabación de audio y video durante las audiencias.

En la modalidad de juicios orales son vitales las pruebas presentadas durante una audiencia, a diferencia del inquisitivo que contaba únicamente con averiguaciones previas.

Al hacer uso de evidencia, suele ser más justo y reduce las probabilidades de sentencias a gente inocente.

“Quiero estar en la sala. Me encantan los juicios por asesinato, 

los juicios importantes en los que hay una vida en juego 

y la presión es tan enorme que se respira en el ambiente. 

Cuando la sala está abarrotada y se toman grandes medidas de seguridad. 

Donde la mitad del público odia al acusado y a sus abogados 

y la otra mitad reza para que se salve. 

Me encanta. Y éste es el juicio de los juicios.”

John Grisham.

Qué nos tiene que decir la U.O. al respecto.

Aparte de la licenciatura en derecho, la Universidad de Oriente cuenta con la posibilidad de estudiar una Maestría en Derecho Penal y Juicios Orales. Ya que, en palabras de la U.O. realizar un grado académico afirma que se desarrolla competencias para integrar el conocimiento teórico y práctico de los juicios orales en el proceso penal, así como la capacidad de analizar, interpretar, motivar, y argumentar los diversos ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales, promoviendo la defensa de los derechos humanos.

Para conocer más acerca de cada una de las características y beneficios que se ofrece en esta maestría, te compartiré el siguiente enlace: 

https://www.uo.edu.mx/posgrados/derecho-penal-y-juicios-orales

 

La resolución.

Sabemos que México padece de diversas ineficacias en materia de derecho; empero, cambios como los explicados en este artículo pueden traer grandes beneficios para la justicia en el país. Esto no garantiza que el nuevo sistema sea perfecto, pero sí promete ser más democrático, accesible y supone mayor transparencia tanto para acusados como para acusadores.

Y como afirman diversos abogados especialistas en el área del derecho penal, el sistema inquisitivo había dejado mucho que desear debido a las grandes fallas que presentaba y por seguir un patrón de desconfianza hacia los acusados.

En resumen, el estudio de las leyes es fundamental si buscamos convertir nuestra nación en un lugar idóneo para la sociedad. De igual forma, la preparación de futuros abogados mexicanos en los juicios orales será un pilar para el desarrollo y ejercer la justicia.

 

“Aprendí que en los juicios orales

todo es relativo, nada es absoluto”

Aldo Mendoza Parra, 2021. 

Fuentes de consulta:

https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4250/38.pdf

http://biblio.juridicas.unam.mx/revista/pdf/ReformaJudicial/5/rjf/rjf5.pdf

http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP_190221.pdf

 https://www.uo.edu.mx/posgrados/derecho-penal-y-juicios-orales

 

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